Auto24 de enero de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Miguel Angel Ospina Guzman
✓
Tema · dato duro
Solicitud De Requerimiento Y En Subsidio Apertura De Incidente De Desacato De La Sentencia T-646/07. La Competencia De La Corporacion Para Asegurar El Cumplimiento De Un Fallo Es Excepcional. En El Caso Concreto, La Competencia Del Juez De Primera Instancia Resulta Suficiente Para Garantizar El Cabal Cumplimiento De Las Ordenes Proferidas Por Esta Sala De Revision. Rechazada
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Juez De Primera Instancia
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Conocimiento de incidente de desacato y adopción de medidas a que haya lugar
Salas De Revision De La Corte Constitucional
- Competencia excepcional para asegurar cumplimiento del fallo
Fallo De Revision De Tutela
- Improcedencia solicitud de requerimiento y apertura de incidente de desacato en sentencia T-646/07
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de requerimiento y en subsidio de apertura de incidente de desacato, promovida por Miguel Ángel Ospina Guzmán.
- Segundo. ORDENAR la remisión del escrito de solicitud de requerimiento de cumplimiento y, de ser el caso, de apertura de incidente de desacato, al Juzgado
- Tercero. Promiscuo Municipal del Guamo, para que actúe de conformidad con sus competencias.
- Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.